Artículo de Opinión de Lucía Villegas Vega, Secretaria Memoria Histórica y Mayores.

Alguien dijo “La Muerte está tan segura de su victoria, que nos da toda una vida de ventaja”
La vida es un proceso que concluye; actualmente con ayuda de avances médicos ésta se prolongan y finaliza a veces, de manera dramática, degradante y dolorosa, siendo el derecho a una muerte digna, y ¡porque no la eutanasia! un asunto pendiente.
Eutanasia, etimológicamente significa “buena muerte”, y consiste en el acto consciente y deliberado, explícitamente expresado por una persona, (nadie puede decidir por delegación) de poner fin a la vida, ante una situación de sufrimiento insoportable y no deseado.
Nunca dejó de ser recurrente el debate social sobre la necesidad de poseer una legislación, que amparase el derecho a una muerte digna. De tanto en tanto saltaban a la actualidad casos concretos de muertes provocadas, donde se nos mostraban circunstancias de personajes heroicos (cuidadores) y sufrientes (pacientes), que nos hacían tomar conciencia de la ausencia de una regulación que diera cabida a estas situaciones que en absoluto eran excepcionales, sino problemas cotidianos con los que la ciudadanía debía lidiar día a día, convirtiéndolos en dramáticos casos familiares, debiendo asumir sus consecuencias, además del dolor, para resolver el problema.
No se podía seguir mirando hacia otro lado ante estas cuestiones, con una población favorable (83 %) a encontrar en la muerte, el fin de una realidad tan trágica y dura, donde la sociedad mayoritariamente demandaba soluciones, y debía ser la estructura del estado la que diera solución legal a este angustioso problema.
A lo largo de los últimos años, se han producido múltiples tribulaciones, donde los sucesivos trámites parlamentarios que se habían presentado fracasaban por diferentes razones. Hoy podemos decir con satisfacción que finalmente, ha sido aprobada la Ley que regula la Eutanasia en el Congreso de los Diputados.
¿Cuál es su objetivo?: Dar respuesta jurídica, con todas las garantías a pacientes y profesionales, a una demanda social actualmente muy extendida. Estamos pues ante un nuevo Derecho Civil de las personas para decidir sobre su vida, y por tanto sobre su propia muerte en libertad, autonomía y conocimiento, con todas las garantías que se deben poner a su disposición, facilitando toda la información y los recursos, dentro de una Sociedad avanzada, teniendo en cuenta todo lo previsto y regulado en nuestra Constitución y dentro del Catálogo de prestaciones ofertadas en la Sanidad Pública.
La regulación de la Ley pretende proteger, tanto los derechos de los pacientes que toman libremente esta decisión, como de los profesionales que deben ayudar a poner fin a su vida, en línea a las experiencias producidas ya en países democráticos de nuestro entorno.
¿En qué punto está el trámite de la Ley? Tras la aprobación en el Congreso con fecha 17 de diciembre de 2020, en la actualidad está pendiente de que también lo haga el Senado, para su publicación en el BOE y posterior entrada en vigor, tras el plazo previsto al efecto.
La Ley no necesita Reglamento que lo regule. Será necesaria una Guía de Buenas Prácticas, que debe ser aprobada en el Consejo Territorial de las Comunidades Autónomas. Éstas deberán elegir un Consejo que emitirá los posteriores dictámenes, tras ser solicitado por la persona afectada y firmado por un médico. La Ley establece, que tendrá la consideración de MUERTE NATURAL, a los efectos que no haya problemas con los Seguros, Testamentos, etc.,
Es importante dejar expresamente reflejado esta voluntad, por lo que parece necesario realizar el Testamento Vital, donde se manifieste que desea se le practique la Eutanasia, en el caso que no tener conciencia de quien se es, no se reconozca a personas, familias, etc., y/o en caso de dejar de ser persona, para tener una vida vegetativa sin sentido pleno.
Después solo faltará que las diferentes Administraciones, regulen aquellos aspectos que les sea propio para poder ejercer plenamente, en un entorno amigable con la ciudadanía este Derecho, facilitando e informando a las personas que así lo soliciten libremente, el tránsito a la muerte de aquellos enfermos terminales, con dignidad, sin dolor, y a ser posible en un entorno familiar y social favorable.
Morir sin sufrimientos, prolongando innecesariamente la vida de forma artificial, debe ser un derecho plenamente reconocido, regulado, con dotación presupuestaria y cobertura legal, con infraestructuras de asesoramiento y cuidados de proximidad en el plano municipal. Al menos eso es a lo que yo demando como ciudadana.
En estas reflexiones se ha hablado de Muerte, pero sobre todo de Vida, eso sí de Vida vivida en Libertad y con Dignidad.